Decreto Núm. 394. se Reforma la Fracción I del Artículo 3; las Fracciones Iv y X del Artículo 6; el Artículo 8; el Artículo 12; las Fracciones I, Ii, Iv, Vi, Xiv y Xv del Artículo 13; la Fracción Ii del Artículo 15; el Artículo 16; el Párrafo Primero del Artículo 29, el Artículo 32 y el Párrafo Primero del Artículo 34; se Adiciona la Fracción X Bis al Artículo 6; las Fracciones Xvi, Xvii, Xviii y Xix al Artículo 13; de la Ley de la Juventud para el estado de Nuevo León.

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