June 17, 2011
Varios
- Se Aprueba Dar Inicio a la Consulta Pública Respecto a la Iniciativa de Reformas por Modificación y Adición al Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León.
- Juzgado Tercero de lo Familiar del Primer Distrito Judicial Monterrey, N.L., 3º Edicto Expediente Número 1555/2009.
- Hace 100 Años Nuevo León y su Historia a Través del Periódico Oficial.
- Juzgado Tercero de lo Familiar del Primer Distrito Judicial Monterrey, N.L., 1º Edicto Expediente Número 0839/2010.
- Se Aprueba Dar Inicio a la Consulta Pública Respecto a la Iniciativa de Reformas por Modificación y Derogación al Reglamento en Materia de Seguridad Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León.
- Juzgado Tercero de lo Familiar del Primer Distrito Judicial Monterrey, N.L., 1º Edicto Expediente Número 121/2011.
- Ayuntamientos R. Ayuntamiento del Municipio de Mina, Nuevo León Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Mina, Nuevo León 2010-2020.
- Juzgado Tercero de lo Familiar del Primer Distrito Judicial Monterrey, N.L., 1º Edicto Expediente Número 0608/2011.
- Juzgado Tercero de lo Familiar del Primer Distrito Judicial Monterrey, N.L., 3º Edicto Expediente Número 0620/2011.
Decretos
- Decreto Núm. 212. por el que se Reforma la Fracción I del Artículo 989 del Código de Procedimientos Civiles del estado de Nuevo León.
- Decreto Núm 213. por el que se Adicionan los Artículos 18 Bis; 18 Bis 1; 18 Bis 2 y 18 Bis 3 al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del estado de Nuevo León.
- Decreto Núm. 216. por el que se Reforman los Artículos 2º; 3º; 4º; 6º Párrafo Primero y Fracción Ii; el Título Segundo Denominado “De la Secretaría de Seguridad Pública” Ahora se Denominará “De las Autoridades Encargadas de la Ejecución de Sanciones”; Artículo 7º; 8º Primer Párrafo y Fracciones Ii, Iv, V, Viii, Ix, Xv, Xvi, Xvii, Xviii y Xx, el Título Tercero Denominado “De la Ejecución de las Sanciones Privativas de la Libertad” Ahora se Denominará “De la Ejecución de las Sanciones”; Artículo 11; 11 Bis; 20; 22; 23; 26 Tercer y Cuarto Párrafo, 31 Primer Párrafo; 36; 37; 40; 43; 44 Bis; 45 Fracción V; 46; 51; 52; 53; 54; 56; 59; 63; 69; por Adición de un Segundo Párrafo al Artículo 6º; un Segundo y Tercer Párrafo al 39, y de un Título Quinto Denominado “Del Juez de Ejecución” que Contiene los Artículos del 71 al 87; y por Derogación de los Artículos 38, 47, 48, 49 y 50, todos de la Ley que Regula la Ejecución de las Sanciones Penales.
- Decreto Núm. 217. se Autoriza al Municipio de San Pedro Garza García Nuevo León, a Contratar un Crédito de hasta $179,959,361.00 (Ciento Setenta y Nueve Millones Novecientos Cincuenta y Nueve Mil Trescientos Sesenta y un Pesos 00/100 M.N.), con la Banca de Desarrollo a Fin de Realizar el Pago Anticipado del Crédito Contratado con el Banco Bbva Bancomer, por la Cantidad de $82,122,238.00 (Ochenta y Dos Millones Ciento Veintidós Mil Doscientos Treinta y Ocho Pesos 00/100 M.N) y $97,837,123.00 (Noventa y Siete Millones Ochocientos Treinta y Siete Mil Ciento Veintitrés Pesos 00/100 M.N.), para ser Empleados en Obra Pública Productiva. de Conformidad con el Artículo Tercero del Decreto 154 Publicado en el Periódico Oficial del estado del 28 de Diciembre de 2010, se Ratifica la Afectación de los Ingresos Presentes y Futuros que por Concepto de Participaciones Federales le Correspondan al Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, como Fuente de Garantía Y/O Pago en la Contratación del Crédito Referido en...
- Decreto Núm. 218. por el que se Reforman las Fracciones de la Viii a la Xv del Artículo 2; las Fracciones de la Vii a la Xiii del Artículo 31, y los Artículos 36 Bis 1, 36 Bis 2, 36 Bis 3, 36 Bis 4, 36 Bis 5; el Artículo 38 y el Párrafo Primero del Artículo 45; y se Adicionan las Fracciones Xvi y Xvii y un Último Párrafo al Artículo 2; las Fracciones Xiv y Xv al Artículo 31, los Artículos 36 Bis 6 y 36 Bis 7; un Último Párrafo al Artículo 45, y los Artículos 48 Bis, 48 Bis 1, 48 Bis 2, 48 Bis 3, 48 Bis 4 y 48 Bis 5, todos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado de Nuevo León.
- Decreto Núm. 220. la Lxxii Legislatura al Congreso del estado Libre y Soberano de Nuevo León, Actuando de Acuerdo con la Facultad que le Confiere la Fracción Vi del Artículo 63 de la Constitución Política del estado y el Artículo 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado, Ratifica el Límite Territorial entre los Municipios de el Carmen y Salinas Victoria, Nuevo León en los Términos Siguientes se Tendrán como Límite de sus Respectivas Jurisdicciones en lo que se Refiere a la Colonia Huertas de San Mario, Según el Plano Anexado. las Obligaciones Fiscales, Administrativas o de Cualquier Índole a Cargo de los Particulares que Deban de ser Cumplidas durante el Presente Ejercicio Fiscal del Año 2011, o que Resulten de Ejercicios Anteriores, Deberán de Finiquitarse ante el Municipio con el cual se hayan Contraído. a Partir del 1° de Enero de 2012, las Obligaciones Fiscales, Administrativas y de Cualquier Índole a Cargo de los Particulares Serán Satisfechas ante la Autoridad Municipal...
- Decreto Núm. 210. por el que se Adiciona un Nuevo Párrafo Séptimo, Pasando el Actual Párrafo Séptimo a ser un Nuevo Párrafo Octavo, todos del Artículo 46 de la Ley de Justicia Administrativa para el estado de Nuevo León.